¿Cuánto cuesta devolver un préstamo antes de tiempo?
Pagas el capital pendiente y los intereses devengados hasta ese día, no los del plazo completo. En los contratos sujetos a la Ley 16/2011 puedes liquidar en cualquier momento, de forma total o parcial, con una reducción de los intereses y costes correspondientes al tiempo que quede por transcurrir (artículo 30.1). Con el ejemplo ordinario de 300 € al 18 % mensual, cerrar el día 30 supone 54 € de intereses y 354 € en total, frente a 462 € si esperas al día 90: 108 € menos. Si el tipo deudor es fijo, el prestamista puede pedir una compensación, limitada al 0,5 % de lo anticipado cuando falta un año o menos y nunca superior a los intereses que dejas de pagar. Pide siempre el importe de cierre para una fecha concreta: los intereses corren cada día y un cálculo caducado deja de servir.
¿Cuánto se ahorra cerrando antes?
En la simulación ordinaria de 300 € al 18 % mensual, tras 30 días se ilustran 54 € de intereses. El total hipotético de cierre sería 354 €, frente a 462 € al día 90, sin compensaciones en este ejemplo. La diferencia, 108 €, corresponde a los intereses de los 60 días que ya no transcurren. Cuanto antes cierres, menos días de interés se devengan.
| Cierre (día del plazo) | Intereses devengados (€) | Total a pagar (€) | Diferencia frente al día 90 (€) |
|---|---|---|---|
| 30 | 54 | 354 | 108 |
| 45 | 81 | 381 | 81 |
| 61 | 109,80 | 409,80 | 52,20 |
| 90 | 162 | 462 | 0 |
Qué reconoce la Ley 16/2011
Si el contrato está dentro de su ámbito, el artículo 30 permite liquidar el préstamo antes de tiempo, total o parcialmente y en cualquier momento, con una reducción de los intereses y costes que correspondan al tiempo que quede. El prestamista solo puede pedir una compensación si el reembolso se produce en un periodo con tipo deudor fijo, y con estos límites:
- Si queda más de un año hasta el final del contrato, la compensación no puede superar el 1 % del importe anticipado.
- Si queda un año o menos, no puede superar el 0,5 %.
- De forma excepcional, puede reclamar más si demuestra pérdidas directas; si lo reclamado supera la pérdida real, puedes exigir la reducción.
- En ningún caso puede superar los intereses que habrías pagado desde el reembolso hasta la fecha pactada de finalización.
¿Cuánta compensación pueden cobrarme?
En un préstamo de 61 a 90 días siempre queda menos de un año hasta el final. Por eso, en un contrato sujeto a la ley y con tipo fijo, la compensación general no puede superar el 0,5 % de lo anticipado: 5 € si devuelves 1.000 € y 1,50 € si devuelves 300 €. Tampoco puede superar los intereses que dejas de pagar al devolver antes.
Qué revisar en una liquidación real
Comprueba el capital pendiente, el ajuste de costes por el tiempo restante y cualquier compensación que proceda. La aplicabilidad depende del contrato y de la normativa; este ejemplo no determina una liquidación legal.
- Elige una fecha de pago.
- Obtén el desglose y su vigencia.
- Comprueba el medio y la referencia.
- Conserva la confirmación del saldo final.
Pide el cálculo para una fecha concreta
Los intereses se devengan con el paso de los días, así que un importe de cierre solo vale para la fecha indicada. Si pagas más tarde, la cifra puede cambiar. Pregunta también qué fecha se toma como pago: la de tu orden o la de la llegada del dinero.
¿Merece la pena devolver antes un préstamo al 0 %?
Sin intereses ni gastos, devolver antes no abarata nada: pagas el mismo capital pendiente, solo que antes. Además, un crédito libre de intereses y sin otros gastos queda fuera de la Ley 16/2011 (artículo 3, letra f), así que el procedimiento será el que marque el contrato. Pide igualmente la confirmación del saldo cero.
Una transferencia no es un certificado de cierre
El justificante bancario y el documento que confirma saldo cero tienen funciones distintas. Si el dinero llega en otra fecha o por otro importe, pide un cálculo actualizado. El Portal del Cliente Bancario del Banco de España recuerda que el préstamo queda cancelado cuando se han cumplido las obligaciones y devuelto el capital, al vencimiento o de forma anticipada.
¿Puedo devolver solo una parte del préstamo?
Pregunta cómo se aplicará el importe: cuánto reduce capital y qué ocurre con los intereses y la fecha. No des por hecho que un abono parcial aplaza el resto o cierra el contrato. La ley admite el reembolso parcial en los contratos de su ámbito, pero su efecto concreto depende del contrato: pide que te lo expliquen por escrito.
Errores habituales al cancelar
Evita estos fallos:
- Pagar el total previsto al vencimiento sin pedir antes el importe de cierre para tu fecha.
- Usar un cálculo caducado después de cambiar el día de pago.
- Dar el préstamo por cerrado sin el documento de saldo cero.
- Aceptar una compensación sin comprobar si respeta los límites del artículo 30.
Fuentes y alcance
- BOE · Ley 16/2011, artículo 30: reembolso anticipado ↗
- BOE · Ley 16/2011, artículo 3: contratos excluidos ↗
- Banco de España · Portal del Cliente Bancario: cancelación del préstamo ↗
Información general. La aplicación a un contrato concreto requiere revisar sus condiciones y la normativa vigente.